lunes, 17 de noviembre de 2014

DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO



Debemos mirar hacia atrás en la historia para poder hablar sobre los derechos de los niños.  La historia habla por si sola.
Pienso que la base de todo radica en los derechos fundamentales de los hombres: hombres, mujeres y niños, derechos que sonnaturales, inalienables y sagrados del ser humano.
El hombre ha buscado y reclamadoderechos, al igual que se le ha exigido deberes, los ha utilizado bien o mal, en beneficio propio o ajeno, por ello siempre había alguna ley, algún documento, avances y retrocesos, diferentes ideas que hablaban de los derechos del hombre.
Como punto de partida y de referencia voy a tomar la Declaración de los derechos del hombre y del Ciudadano, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa el 26 de agosto de 1789, documento fundamental de la Revolución Francesa, que defiende los derechos personales y colectivos como universales, adscritos a la condición inherente de la naturaleza humana.
Cómo hemos dicho antes y podemos ver, decir derecho del hombre, hacía referencia únicamente al sexo hombre varón o macho de la especie humana sin hacer referencia alguna a la mujer ni a los niños.
En 1971 se proclamó la Declaración de los Derechos de la Mujer ciudadana, aunque de manera no oficial, ni jurídica, y después de muchos intentos más, conseguimos por fin llegar a la Declaración los Derechos Humanos en 1948. Esta consta de 30 derechos humanos y son la gran conquista moral de un horizonte ético para la justicia y la paz.

La creadora e impulsora de esta Declaración fue Eleanor Roosevelt presidenta de la Comisión de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas. 


Esta declaración no obliga a todos los países a que se cumpla,  debía ser ratificada por cada país y en el caso de España la declaración está incluida en la Constitución, por lo que hay que llevarla a cabo.
Es fundamental promover desde la enseñanza y la educación los derechos humanos,el respeto a estos derechos y las libertades.
En 1959 las Naciones Unidas aprobaron la Declaración de los Derechos del Niño, constaba de 10 principios, insuficientes para proteger los derechos de los niños y además no tenía carácter obligatorio de cumplimiento.
En 1978, el gobierno de Polonia presentó  las Naciones Unidas la versión provisional de la Convención, en la cual, tras 10 años de negociación, se logró acordar, el 20 de noviembre de 1978, el texto final de la Convención, siendo su cumplimiento obligatorio para todos los países firmantes.
La Convención de los Derechos del Niño, consta de 54 artículos y recoge los derechos de todos los niños, niñas y jóvenes menores de 18 años y la componen 4 principios básicos: la No discriminación, el interés superior del niño, el derecho a la vida, y la supervivencia, el desarrollo y la participación.
Todos son importantes, pero de entre todos ellos, me parece fundamental el artículo 28: la Educación.Todos los niños tienen derecho a la educación, en primaria debe ser obligatoria y gratuita y debe facilitarse su acceso a secundaria y la universidad.
El artículo 28 también recoge el derecho del niño a no ser humillado en clase ni castigado.
Los docentes, debemos día a día estar ahí y ayudar, guiar  a los niños,  enseñarle cosas nuevas para  que aumenten sus posibilidades futuras. 
La educación es uno de los derechos fundamentales del ciudadano. el maestro debe tender su mano a los niños, proporcionándoles confianza seguridad y felicidad.




Os presento este poster  http://mariajo67.edu.glogster.com/blank-8750/ ,
haciendo referencia al artículo 28 de la Convención sobre los Derechos del Niño, en él incluyo un vídeo que recoge la realidad de la educación en muchos países del mundo.




Mª José Nogueras Ruíz.

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